Trámite permanentemente abierto que permite a cualquier asociado solicitar su baja voluntaria. La vía ordinaria es telemática, con identificación mediante el correo electrónico registrado en el alta; la vía extraordinaria (Anexo 1 por correo) solo procede si se justifica la imposibilidad de usar el formulario. La Junta Directiva revisa la solicitud y la eleva a la siguiente Asamblea General, que la ratifica.
El artículo 5 del Reglamento 2024/05, de 02 de noviembre, reconoce el derecho de todo asociado a desvincularse libremente de Libertad Estudiantil Canarias. Para evitar suplantaciones, el procedimiento exige acreditar la identidad del solicitante con el mínimo de datos imprescindible, conforme al principio de proporcionalidad del artículo 13. Los datos solicitados se limitan a los ya aportados en el alta, con la única finalidad de contrastarlos con el Libro de Registro de Socios.
Información administrativa
Detalle del procedimiento
Pasos del procedimiento
Consulta la ficha del procedimiento.
Identifica a la persona interesada.
Presenta la solicitud dentro del plazo habilitado.
Conserva el justificante de registro.
BAJA-01
Tramitación electrónica
Presentación de solicitud
Para iniciar la presentación electrónica se solicitarán los datos por fases. La primera fase corresponde a la identificación de la persona interesada.